Esta página web tiene como objetivo contribuir a la educación cívico-tributaria de los ciudadanos.
La Educación Cívico-Tributaria tiene como objetivo primordial transmitir valores y actitudes favorables a la responsabilidad fiscal y contrarios a las conductas defraudadoras.
Nuestro propósito principal es ayudar a los ciudadanos a conocer sus derechos y obligaciones fiscales, facilitando información útil para responder eficazmente ante Inspecciones de Hacienda, recursos tributarios o procedimientos legales relacionados con impuestos.
¿Qué es el delito fiscal?
El delito fiscal está recogido en el artículo 305 del Código Penal.
El que defraude a la hacienda publica dejando de pagar podrá ser a través de no declarar ingresos o falsear gastos por una cuota a pagar de 120.000€ por año e impuesto. La pena es de prisión de 1 a 5 años y podrán imponer una sanción.
Los elementos del Delito fiscal deben ser concurrentes todos ellos y son los siguientes:
- Impago o cobro indebido a la hacienda publica de una cantidad que supere una cuota por año e impuesto de 120.000 €.
- Una maquinación o maniobra dirigida a engañar a la Hacienda Pública.
- Una liquidación Vinculada a Delito por parte de la AEAT tramitada dentro de los plazos administrativos legales.
Facturas Falsas
Este es un término del derecho penal que se aplica cuando un documento mercantil, como una factura, no coincide en su descripción o en su importe con el trabajo realizado o la venta efectuada.
Hasta que no exista una sentencia firme, no debe utilizarse y, mientras se tramita la instrucción penal, siempre se debe hablar de este concepto con la coletilla “presunta”.
La Inspección de Hacienda (AEAT) emplea cada vez más este término de forma errónea.
No debería hacerlo, ya que puede referirse a facturas no deducibles fiscalmente o a facturación irregular.
En este artículo explicamos por qué la AEAT considera una factura como irregular y no permite deducir el IVA ni el gasto en el Impuesto de Sociedades.
Indicios de Factura Falsa para la AEAT, la sociedad que la emite:
- Es de reciente creación.
- Su objeto social es disconforme con la descripción de la factura.
- El Administrador de la sociedad está incluido en el listado AEAT de posibles factureros o testaferros, tramas de facturación falsa.
- El dinero se envía a esta sociedad y dura horas o días en ella siendo trasferido o sacado en efectivo.
- La sociedad esta domiciliada en un domicilio ficticio, muchas veces un centro de negocios.
- La sociedad no tiene trabajadores y si tiene proveedores son claramente ficticios.
- La sociedad no contesta a los requerimientos de información de la AEAT.
La única fuente del conocimiento es la experiencia
Albert Einstein
Inspección de Hacienda
Notificación
La Agencia Tributaria comunica el inicio de la inspección al contribuyente mediante notificación oficial (art. 150 LGT).
Primer requerimiento de información al administrador
Se solicita documentación contable, declaraciones fiscales y otros datos relevantes.
Comparecencia y segundo requerimiento
Hacienda puede solicitar información adicional a terceros vinculados (clientes, proveedores, entidades bancarias, etc.).
Citación
El contribuyente puede ser citado a comparecer ante la inspección para aclaraciones o entrega de documentación.
Se debe acudir en la fecha y hora indicadas en la notificación.
Visita de inspección
Hacienda puede realizar visitas a establecimientos o domicilios fiscales para comprobar documentación (art. 151 LGT).
Puesta de manifiesto del expediente
Se informa al contribuyente de las conclusiones de la inspección y se le concede plazo para alegaciones (art. 156 LGT).
Alegaciones
El contribuyente puede presentar argumentos y pruebas en su defensa.
Propuesta de liquidación
En caso de firmar como CONFORME el proceso finaliza en este paso.
Hacienda emite una propuesta de liquidación con la deuda tributaria determinada.
Se puede firmar como conforme o no conforme.
Recurso de reposición
En caso de firmar como NO CONFORME el proceso continúa hasta el último paso.
Es un recurso administrativo que permite impugnar una resolución dictada por la Agencia Tributaria antes de acudir a la vía judicial.
Se presenta ante el mismo órgano que dictó la liquidación tributaria en un plazo de un mes desde la notificación.
En este recurso, el contribuyente argumenta los errores o ilegalidades de la liquidación.
Si se desestima, se abre la posibilidad de acudir a tribunales administrativos o judiciales.
Resolución. Liquidación vinculada de delito (LVD)
Cuando la Agencia Tributaria detecta una posible defraudación que supera los 120.000 euros (límite para que se considere delito fiscal según el artículo 305 del Código Penal), se paraliza la liquidación administrativa y se remite el expediente al Ministerio Fiscal o al Juzgado de Instrucción.
En este punto, la deuda tributaria queda pendiente de resolución judicial y puede derivar en una condena penal.
Procedimiento ejecutivo
Si la sentencia condenatoria del procedimiento penal establece una responsabilidad económica para el condenado (normalmente el pago de la cuota defraudada más intereses y posibles sanciones), la Agencia Tributaria inicia el procedimiento ejecutivo para el cobro de la deuda.
En esta fase, si el condenado no paga voluntariamente, se pueden embargar bienes, cuentas bancarias o salarios para satisfacer la deuda fiscal.
Tribunal Económico-Administrativo (TEA)
Si el contribuyente impugna la liquidación fiscal en vía administrativa, puede recurrir ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEA).
Este tribunal resuelve conflictos tributarios sin necesidad de acudir a la jurisdicción contenciosa.
Sin embargo, cuando hay una Liquidación Vinculada a Delito (LVD), el procedimiento administrativo se suspende hasta que se resuelva la vía penal.
Tribunal Contencioso Administrativo (vía administrativa)
Si el contribuyente no está conforme con la resolución del TEA o con la liquidación de la deuda tras el procedimiento penal, puede acudir al Tribunal Contencioso-Administrativo para impugnar la actuación de la Agencia Tributaria.
Aquí se revisa si se han respetado los derechos del contribuyente y la legalidad de la liquidación, aunque no se discute la existencia del delito si ya ha sido declarado en sede penal.
Procedimiento Penal
Liquidación vinculada a delito (LVD)
Se produce cuando, en el ámbito administrativo, se detectan irregularidades fiscales o contables que pueden constituir un delito, como fraude fiscal, blanqueo de capitales o insolvencias punibles.
En estos casos, la Agencia Tributaria o el órgano competente remite el expediente a la jurisdicción penal.
La Administración puede paralizar el procedimiento sancionador hasta que se resuelva la cuestión penal.
Presentación denuncia/Querella en el juzgado
El proceso penal se inicia con una denuncia (cuando la presenta un particular o la Administración) o una querella (cuando la interpone una parte interesada con personación en el procedimiento, como la Fiscalía o una empresa afectada).
En esta fase se exponen los hechos, se aportan las primeras pruebas y se solicita la apertura de una investigación judicial.
Citación de investigados
Una vez admitida la denuncia o querella, el juez de instrucción cita a los investigados para que comparezcan en sede judicial.
En esta citación se les informa de los hechos por los que se les investiga, de sus derechos procesales (como el derecho a la defensa y a no declarar en su contra) y, en su caso, de la necesidad de nombrar abogado y procurador.
Declaración de investigados y testigos
En esta etapa, los investigados pueden prestar declaración ante el juez para dar su versión de los hechos.
También se toman declaraciones a testigos que puedan aportar información relevante.
Esta fase es crucial, ya que ayuda a determinar el grado de responsabilidad de los investigados y a esclarecer los hechos objeto de la investigación penal.
Práctica de pruebas
Se lleva a cabo la recopilación y análisis de pruebas, que pueden incluir documentos contables, informes periciales, inspecciones de empresas, intervención de comunicaciones y cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
Esta fase es clave para determinar si existen indicios suficientes para llevar el caso a juicio o si procede su archivo.
Juicio Oral
Si el juez de instrucción considera que hay base suficiente para acusar a los investigados, el caso pasa a la fase de juicio oral.
En esta instancia, la Fiscalía y las partes personadas presentan sus alegaciones, pruebas y testigos ante el tribunal que dictará la sentencia.
Los acusados pueden ejercer su derecho a la última palabra antes de que finalice el juicio.
Sentencia
Una vez concluido el juicio, el tribunal emite una resolución en la que declara a los acusados culpables o inocentes.
En caso de condena, se establecen las penas correspondientes, que pueden incluir multas, inhabilitación, prisión o la obligación de resarcir daños económicos.
También se pueden dictar medidas accesorias, como la confiscación de bienes obtenidos ilícitamente.
Recursos
Si alguna de las partes no está conforme con la sentencia, puede interponer recursos ante instancias superiores, como la Audiencia Provincial, el Tribunal Supremo o incluso el Tribunal Constitucional si se vulneraron derechos fundamentales.
Estos recursos pueden suspender la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva la impugnación.
Resumen de los plazos principales
Fase | Plazo | Fuente legal |
---|---|---|
Instrucción (fase de pruebas) | 6 meses (ordinario) / hasta 3 años (complejo) | Art. 324 LECrim |
Citación de testigos | Mínimo 3 días de antelación | Art. 410 LECrim |
Presentación de escrito de acusación | 10 días tras cierre de instrucción | Art. 780 LECrim |
Auto de apertura de juicio oral | 3 días | Art. 783.1 LECrim |
Sentencia tras el juicio | 5 días | Art. 789.7 LECrim |
Recurso de apelación | 5 días | Art. 790 LECrim |
Recurso de casación | 5 días | Art. 792 LECrim |
Estos plazos son los establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el procedimiento abreviado
(cuando la pena total requerida es menor a 9 años)
Preguntas frecuentes
Que hago cuando me comunican una inspección de Hacienda AEAT
1.- Lee detenidamente la notificación recibida, identifica los impuestos y años a examen y el tipo de inspección a la que te someten.
2.- Recaba toda la documentación que te solicitan.
3.- Aportala una vez revisada por profesionales y una vez valorado el efecto que tendrá.
4.- Construye una relación profesional y colaborativa con el Inspector actuante.
5.- Aporta cualquier tipo de documentación e información que pueda ayudarte a salir indemne de la inspección.
6.- Ten en cuanta tus derechos y obligaciones alegando y recurriendo todos aquellos actos administrativos que correspondan.
7.- Ten en cuanta lo que la Inspección puede hacer: requerimiento de información a tus clientes y proveedores y consultas a empleados o exempleados.
8.- En caso de liquidación Vinculada a Delito, LVD, valora lo que declaras en el procedimiento y la documentación que aportas.
9.- No empeores la situación con cambios sociales o patrimoniales.
10.- Manten la calma y busca rodearte de expertos que ya hayan vivido estas situaciones, su experiencia mejorara tu situación.
Proceso y tiempo de una inspección de hacienda
Una inspección de Hacienda puede durar entre 6 y 18 meses, dependiendo de la complejidad del caso. El proceso incluye notificación, revisión de documentación, requerimientos de información, comparecencias y propuesta de liquidación. Si hay discrepancias, el contribuyente puede presentar alegaciones o recurrir.
Cuanto tiempo tarda todo el procedimiento
Una inspección de Hacienda puede durar entre 6 y 18 meses, dependiendo de la complejidad del caso. El proceso incluye notificación, revisión de documentación, requerimientos de información, comparecencias y propuesta de liquidación. Si hay discrepancias, el contribuyente puede presentar alegaciones o recurrir.
Cuanto tiempo tarda el procedimiento penal
Una inspección de Hacienda puede durar entre 6 y 18 meses, dependiendo de la complejidad del caso. El proceso incluye notificación, revisión de documentación, requerimientos de información, comparecencias y propuesta de liquidación. Si hay discrepancias, el contribuyente puede presentar alegaciones o recurrir.
¿Qué considera Hacienda una factura falsa?
Una factura falsa es aquella que documenta operaciones inexistentes o alteradas con el objetivo de engañar a la Agencia Tributaria. Pueden ser completamente ficticias o contener datos manipulados como importes, fechas o conceptos.
¿Qué consecuencias tiene emitir facturas falsas?
Emitir facturas falsas puede derivar en sanciones administrativas, recargos e intereses, y si se supera cierta cuantía, puede considerarse delito fiscal con penas de hasta 6 años de prisión.
¿Cuándo se inicia un procedimiento de inspección por facturas falsas?
El procedimiento de inspección comienza cuando la Agencia Tributaria detecta irregularidades fiscales, recibe denuncias o cruza datos entre empresas que levantan sospechas.
¿Cuál es el procedimiento de inspección de la Agencia Tributaria?
La inspección comienza con una notificación oficial. Luego se revisa la documentación contable, la facturación, los movimientos bancarios y se hacen requerimientos para comprobar la veracidad de las operaciones.
¿Cómo saber si Hacienda me está investigando por facturas falsas?
Recibir una notificación de inicio de inspección es la señal más clara. También pueden llegar requerimientos de información o citaciones previas al inicio formal.
¿Qué tipo de pruebas utiliza la Agencia Tributaria en una inspección por facturas falsas?
Se pueden usar facturas, correos electrónicos, extractos bancarios, testimonios y datos cruzados entre empresas para comprobar la realidad de la operación.
¿Qué empresas están más expuestas a inspecciones por facturas falsas?
Principalmente aquellas con facturación elevada, incongruencias contables, operaciones con sociedades instrumentales o relaciones con empresas ya investigadas.
¿Qué hacer si he recibido una inspección por facturas falsas?
Debes contactar con un abogado fiscalista inmediatamente. Es fundamental preparar la defensa legal y aportar la documentación que justifique las operaciones.
¿Cuándo pasa de ser una sanción administrativa a un delito fiscal?
Cuando el fraude fiscal supera los 120.000 euros en un ejercicio fiscal, se considera un delito contra la Hacienda Pública y pasa a vía penal.
¿Puedo ir a la cárcel por emitir facturas falsas?
Sí. Si se demuestra intención de defraudar y se supera el umbral penal, la pena puede alcanzar hasta 6 años de prisión.
¿Se puede evitar la vía penal si hay colaboración con la Agencia Tributaria?
Sí. Si el contribuyente colabora, regulariza su situación y paga la deuda antes de la denuncia, puede evitar el procedimiento penal.
¿Qué es una sociedad instrumental o pantalla?
Es una empresa sin actividad real, creada únicamente para emitir facturas falsas y así inflar gastos o reducir ingresos tributables.
¿Puede la Agencia Tributaria sancionarme sin pruebas claras?
No. La inspección fiscal debe contar con pruebas documentales y evidencias razonables que justifiquen la emisión de facturas falsas.
¿Qué multa puede imponer Hacienda por facturas falsas?
La sanción económica puede ir del 50% al 150% del importe defraudado, en función de la gravedad, reincidencia o ocultación.
¿Qué defensa puede presentar un abogado en estos casos?
El abogado experto puede argumentar que las operaciones eran reales, que hubo un error contable sin mala fe, o que el cliente fue engañado por terceros.
¿Cuánto tiempo tiene la Agencia Tributaria para iniciar una inspección?
El plazo general es de 4 años desde la declaración o desde cuando debió presentarse, aunque en casos de delito puede ampliarse a 10 años.
¿Qué ocurre si la factura falsa la emite un proveedor sin mi consentimiento?
Si se demuestra que no hubo intención dolosa ni conocimiento de la falsedad, se puede probar que la empresa actuó de buena fe.
¿Cómo puedo demostrar que una factura es real?
Mediante contratos, pagos, albaranes, emails y todo tipo de documentación que acredite la veracidad de la operación.
¿Pueden embargarme por facturas falsas?
Sí. La Agencia Tributaria puede ordenar el embargo de bienes, cuentas bancarias o ingresos para saldar la deuda tributaria.
¿Qué hacer si soy autónomo y me acusan de emitir facturas falsas?
Contactar rápidamente con un abogado especializado en derecho tributario es clave para evitar sanciones mayores y defender tu actividad económica.
¿Se puede recurrir una sanción de Hacienda por facturas falsas?
Sí. Puedes presentar un recurso de reposición, una reclamación económico-administrativa, o incluso acudir a los tribunales si es necesario.
¿Qué diferencia hay entre falsedad documental y delito fiscal?
La falsedad documental implica crear o alterar documentos, mientras que el delito fiscal requiere un perjuicio económico a la Hacienda Pública superior a los 120.000 €.
¿Qué es un grupo de fraude fiscal organizado?
Son varias empresas o personas físicas coordinadas para crear facturación falsa y así evadir impuestos de forma sistemática.
¿Qué pasa si pago la deuda antes de que me denuncien?
Si regularizas voluntariamente y antes de la denuncia, puedes evitar consecuencias penales, aunque podrías recibir una sanción administrativa.
¿La Agencia Tributaria puede revisar facturas de años anteriores?
Sí. Puede revisar los últimos 4 años en general, y hasta 10 años en casos de presunto delito fiscal con autorización judicial.
¿Cómo se prueba la intención de defraudar?
Mediante indicios, como uso de sociedades pantalla, operaciones inexistentes, o documentos falsos sin justificación comercial real.
¿Cuánto dura un procedimiento penal por facturas falsas?
El proceso puede durar entre 1 y 3 años, dependiendo de la complejidad, la instrucción judicial y la carga del juzgado.
¿Qué ocurre si hay varias empresas involucradas en la emisión de facturas falsas?
La Agencia Tributaria puede investigar de forma individual y conjunta. Si hay coordinación, se puede considerar fraude fiscal en grupo.
¿Qué perfil de abogado necesito si me inspeccionan por facturas falsas?
Un abogado fiscalista penal con experiencia en inspecciones tributarias, procedimientos administrativos y defensa judicial ante delitos fiscales.
¿Qué ventajas ofrece un bufete de abogados especializado en facturas falsas?
Un despacho especializado puede detectar irregularidades del procedimiento, anular pruebas mal obtenidas, y negociar acuerdos que reduzcan o eliminen sanciones.
¿Qué ventajas ofrece un bufete de abogados especializado en facturas falsas?
Un despacho especializado puede detectar irregularidades del procedimiento, anular pruebas mal obtenidas, y negociar acuerdos que reduzcan o eliminen sanciones.